Los solicitantes deberán cumplir el requisito de agricultor activo y percibir la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad. Se considerarán espacios de biodiversidad los muretes, charcas, lagunas, estanques, setos, lindes o cualquier otro elemento del paisaje que sirva de refugio, reservorio y alimento de avifauna, insectos beneficiosos o polinizadores. También los márgenes e islas de biodiversidad; el barbecho que cuente con una cubierta vegetal que contenga especies beneficiosas para la biodiversidad; y las zonas de no cosechado de cereales y oleaginosas que pongan el grano a disponibilidad de la avifauna durante un periodo más prolongado. Para cumplir este ecorregimen la superficie de estos espacios será, como mínimo del 7% de la declarada para secano en tierras de cultivo y del 4% para regadío y cultivos permanentes. Sobre las superficies de espacios de biodiversidad no se permitirá la aplicación de fertilizantes ni de productos fitosanitarios.