Ayuda a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pastoreo extensivo sobre sus hectáreas subvencionables, con
ganado ovino y/o caprino propio de la explotación. Tendrá que realizarse aprovechamiento a diente en todas las hectáreas de pastos acogidas a la práctica durante un periodo mínimo de 90 días* al año de manera continua o discontinua. La carga ganadera para estas superficies tiene que estar comprendida entre 0,2 y 1,2 UGM/hectárea. Las explotaciones con parcelas de pasto situadas a más de 10 km
de la instalación principal deberán registrarse en el Cuaderno de Explotación Agrícola (CUE), ahora digital. También habrá que registrar las fechas de inicio y fin de la realización de la actividad de pastoreo por los animales de la explotación.